19 abril, 2024

Violencia de género: condenado a un año y medio de prisión en suspenso y dos años de cumplimiento de pautas de conducta

Se condenó a un hombre por diferentes hechos que constituyen los delitos de violación de domicilio y amenazas 

En el marco de un procedimiento abreviado entre la fiscalía y la defensa oficial del acusado, se condenó a un hombre por diferentes hechos sucedidos desde el mes de abril a la fecha, los que constituyen los delitos de violación de domicilio, amenazas simples y calificadas. 
El primero de los hechos relatados por el fiscal del caso Martín Govetto y que fueron imputados en la audiencia de formulación de cargos del 12 de agosto; ocurrió en los primeros días de abril en horas de la noche se presentó en el domicilio de su ex pareja, cuando entró al lugar pateando la puerta, rompiéndola, y amenazar a la mujer.

Días después, ingresó nuevamente sin autorización al mismo domicilio, aprovechando que no se encontraban sus ocupantes y prendió fuego un colchón, lo que filmó y envió esta grabación por Whatsapp con el objeto de atemorizarla e intimidarla.
El 5 de mayo a las 21:00 horas envió un mensaje amenazante. Luego se presentó en el domicilio al que ingresó de manera violenta, tirando la puerta abajo y una heladera que la mantenía cerrada, sin autorización. Continuó insultando y amenazándola. Repitió este accionar un par de veces más, en tanto que uno de los episodios en el domicilio de la madre de la víctima. Al igual que el día 11 de agosto, donde ingresó a su casa y además le dio un golpe de puño en la cara. 
El imputado, asistido por la defensora penal subrogante Paola Del Río, asumió su responsabilidad en la comisión de los hechos, acordó además con la calificación y la realización de este acuerdo; al momento de ser consultado por el Juez de Juicio Gregor Joos.   

El Magistrado Gregor Joos aceptó el acuerdo celebrado por las partes y declaró penalmente responsable al acusado por los hechos previamente narrados y que constituyen los delitos de violación de domicilio y amenazas calificadas y simples (artículos 45, 55, 149 bis, 150, del Código Penal). 
Condenó al hombre a un año y medio de prisión en suspenso y dos años de cumplimiento de pautas de conducta. Impuso además prohibición de contacto y acercamiento por cualquier medio con la víctima. Bajo apercibimiento que en caso de no cumplir con las mismas, se ordenará de manera inmediata su detención.